Lo que dice la ley
A quién se dirige
El artículo 48 se dirige a las entidades que realizan de forma habitual actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad. La ley no fija un número mínimo de actividades ni de menores para entender que algo es «habitual»: si dudas, consulta el protocolo de tu comunidad autónoma.
El artículo 47 añade que los protocolos de actuación deben aplicarse en todos los centros que realicen actividades deportivas y de ocio, independientemente de su titularidad y, en todo caso, en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, en las federaciones deportivas y en las escuelas municipales.
Lo que dice la ley
Qué obligaciones tiene la entidad (art. 48.1)
- Aplicar los protocolos de actuación que adopten las administraciones públicas en el ámbito deportivo y de ocio.
- Implantar un sistema de monitorización para asegurar que esos protocolos se cumplen.
- Designar un delegado o delegada de protección al que los menores puedan acudir, que difunda los protocolos, vele por su cumplimiento e inicie las comunicaciones pertinentes cuando se detecte violencia sobre un menor.
- Adoptar medidas para que el deporte y el ocio no sean escenario de discriminación (por edad, raza, discapacidad, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género u otra circunstancia), trabajando con los menores, sus familias y los profesionales contra los insultos y las expresiones degradantes.
- Fomentar la participación activa de los niños, niñas y adolescentes en su formación y desarrollo.
- Fomentar y reforzar la relación y la comunicación entre la entidad y los progenitores o quienes ejerzan la tutela, guarda o acogimiento.
Lo que dice la ley
Formación y antecedentes
El artículo 48.2 exige además que quienes trabajan en estas entidades reciban formación específica para atender a los menores con discapacidad y fomentar el deporte inclusivo. Por otro lado, el artículo 57 exige no tener antecedentes por delitos sexuales ni de trata para trabajar con menores de forma habitual (ver la guía del certificado).
En la práctica (orientación)
Por dónde empezar
- Averigua qué protocolo ha aprobado tu comunidad autónoma para el deporte y el ocio, y si tu federación tiene el suyo.
- Designa al delegado o delegada y deja constancia por escrito del acuerdo.
- Revisa quién tiene contacto habitual con menores y comprueba su certificado.
- Comunica a las familias quién es el delegado y cómo contactar con él.
- Usa el checklist de la web para ver en qué punto estás.
Fuente: LOPIVI (LO 8/2021), arts. 47 y 48. Texto consolidado de la LOPIVI en el BOE, consultado el 1 de noviembre de 2026.
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